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Magistrada Miriam Germán recusó a Jean Alain en CNM

Magistrada Miriam Germán recusó a Jean Alain en CNM

Tomas Tejada de Jesús (Tony Mayoral)
Santo Domingo

La jueza de la Suprema Corte de Justicia, Miriam Germán Brito, recusó ayer
formalmente al procurador general de la República, Jean Alain Rodríguez, para
que como miembro del Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) se abstenga de
participar en todo cuanto concierna a su evaluación y permanencia o no como
magistrada del alto tribunal judicial del país.
La recusación en contra del procurador Jean Alain fue enviada por la
presidenta de la 2da. Sala Penal del Distrito Nacional, mediante carta al
presidente de la República, Danilo Medina y al presidente del CNM.
La magistrada manifestó que procedió a recusar al Procurador, en vista de lo
que aconteció en las entrevistas celebradas el pasado lunes en la que
Rodríguez, en su condición de miembro del CNM, diera muestras falsas y
ostensibles en su contra, algo que a su juicio quedó a la vista del país y de
todos los consejeros.

Asimismo, Germán Brito dijo que la intención del procurador era deshonrarla
y “tirar por el suelo” su fama.
“La desconsiderada actitud de dicho funcionario, desconociendo, no solamente
los principios de raigambre constitucional que salvaguardan siempre la defensa
las garantías de las personas en cualquier procedimiento, sino también las
propias reglas que rigen las objeciones de quienes se sometan al procedimiento
reglamentario de evaluación aprobado por este Consejo Nacional de la
Magistratura, constituye una prueba irrefutable de que en todo momento su
designio era el intentar deshonrarme frente al país y tirar por el suelo mi
bien ganada fama como una servidora pública integra. Todo esto, insisto,
contrapelo del debido procesa que ha de resguardarse en mi beneficio”, sostuvo.
“Más aún, la exacerbada enemistad de la que padece mi acusador, señor
presidente, lo ha llevado a recurrir a la desacredita e ilegal fórmula de los
‘acusadores anónimos’. Sus ‘agentes especiales’”, añadió la magistrada.
Apela a Ley 107-13
Sostuvo que acorde con el párrafo II del artículo 19 de la Ley número 107-13,
sobre  Derechos de las personas en sus relaciones con la administración
pública y de Procedimiento Administrativo, el Procurador de la República tiene
la obligación de inhibirse.

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