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Tribunal ordena a la JCE permitir la publicidad política en radio y televisión
SANTO DOMINGO.- La Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo, integrada por los magistrados Antonio Sánchez Mejía, Úrsula Carrasco y Natalie Nova, acogió la acción de amparo preventivo y de extrema urgencia interpuesta por la Asociación Dominicana de Empresas Radiodifusoras, Inc (ADORA), en contra de la Junta Central Electoral, “por la amenaza inminente de los derechos fundamentales a la libertad de empresa, a la igualdad, a la libertad de información y a la buena administración de los medios de comunicación radiales y televisivos.
En
la sentencia, la cual será publicada íntegramente el viernes 30 de
agosto de 2019, la Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo
acogió la excepción de inconstitucionalidad planteada por ADORA en
contra los artículos 43.4 y 44.7 de la Ley No. 33-18 de Partidos,
Agrupaciones y Movimientos Políticos y de los artículos 14.4 y 15.7 del
Reglamento para la Aplicación de la Ley No. 33-18 en la celebración de
primarias simultáneas en el año 2019 y ordenó a la Junta Central
Electoral permitir la difusión de los mensajes publicitarios de índole
política a través de los medios de comunicación radiales y televisivos
en este período de precampaña o campaña interna.
la sentencia, la cual será publicada íntegramente el viernes 30 de
agosto de 2019, la Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo
acogió la excepción de inconstitucionalidad planteada por ADORA en
contra los artículos 43.4 y 44.7 de la Ley No. 33-18 de Partidos,
Agrupaciones y Movimientos Políticos y de los artículos 14.4 y 15.7 del
Reglamento para la Aplicación de la Ley No. 33-18 en la celebración de
primarias simultáneas en el año 2019 y ordenó a la Junta Central
Electoral permitir la difusión de los mensajes publicitarios de índole
política a través de los medios de comunicación radiales y televisivos
en este período de precampaña o campaña interna.
De igual
forma, el Tribunal Superior Administrativo impuso un astreinte a la
Junta Central Electoral por cada día de retardo en el cumplimiento de la
medida ordenada.
forma, el Tribunal Superior Administrativo impuso un astreinte a la
Junta Central Electoral por cada día de retardo en el cumplimiento de la
medida ordenada.
“ADORA aplaude la histórica sentencia adoptada por la Segunda Sala del
Tribunal Superior Administrativo en favor de la publicidad política, el
debate libre de las ideas de los precandidatos y la participación real,
libre e igualitaria de los ciudadanos en las próximas primarias de los
partidos, agrupaciones y movimientos políticos”, dice una nota de la
entidad que agrupa a las empresas radiodifusoras.
Tribunal Superior Administrativo en favor de la publicidad política, el
debate libre de las ideas de los precandidatos y la participación real,
libre e igualitaria de los ciudadanos en las próximas primarias de los
partidos, agrupaciones y movimientos políticos”, dice una nota de la
entidad que agrupa a las empresas radiodifusoras.
Asimismo, indica que “esta decisión garantiza la participación política
y, en suma, el principio democrático y permite que todos los medios de
comunicación, sin que exista ningún tipo de exclusión ni discriminación,
puedan ser portadores del discurso político y el intercambio de ideas
durante el período de precampaña o campaña interna, como lo quiere y
manda la Constitución dominicana”.
y, en suma, el principio democrático y permite que todos los medios de
comunicación, sin que exista ningún tipo de exclusión ni discriminación,
puedan ser portadores del discurso político y el intercambio de ideas
durante el período de precampaña o campaña interna, como lo quiere y
manda la Constitución dominicana”.