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TC ordena a la Policía a reintegrar primer teniente cancelado en 2016
SANTO DOMINGO.- El Tribunal Constitucional ordenó a la Policía
Nacional la reintegración de un exprimer teniente que fue cancelado el
28 de mayo del 2016 por haber sido sometido a un proceso penal, pero
descargado por un tribunal de Higüey en el 2019.
Nacional la reintegración de un exprimer teniente que fue cancelado el
28 de mayo del 2016 por haber sido sometido a un proceso penal, pero
descargado por un tribunal de Higüey en el 2019.
El TC acogió una acción de amparo interpuesta por el Nolan Rafaelín
Batista Reynoso contra la Policía Nacional, la jefatura de esa
institución y el Consejo Superior Policial y dispuso que sea reintegrado
en el rango que ostentaba al momento de su separación.
Batista Reynoso contra la Policía Nacional, la jefatura de esa
institución y el Consejo Superior Policial y dispuso que sea reintegrado
en el rango que ostentaba al momento de su separación.
La reintegración debe producirse en un plazo de 60 días contados a
partir de la notificación, por mandato del Constitucional, que además
impuso a la PN el pago de un astreinte de 1,000 pesos por cada día de
retardo en la ejecución de la decisión, a favor del accionante.
partir de la notificación, por mandato del Constitucional, que además
impuso a la PN el pago de un astreinte de 1,000 pesos por cada día de
retardo en la ejecución de la decisión, a favor del accionante.
También dispuso que le sean saldados los salarios dejados de pagar
desde el momento de la cancelación hasta la fecha que se produzca su
reintegración a las filas policiales.
desde el momento de la cancelación hasta la fecha que se produzca su
reintegración a las filas policiales.
La cancelación del primer teniente se produjo por haber sido sometido
a un proceso penal, pero luego fue descargado de las acusaciones que
le formuló el ministerio público, siendo favorecido con un auto de no ha
lugar por el Juzgado de la Instrucción del Distrito Judicial de La
Altagracia, el 20 de marzo de 2019, según consta en el expediente del
TC.
a un proceso penal, pero luego fue descargado de las acusaciones que
le formuló el ministerio público, siendo favorecido con un auto de no ha
lugar por el Juzgado de la Instrucción del Distrito Judicial de La
Altagracia, el 20 de marzo de 2019, según consta en el expediente del
TC.
“La sanción que debió aplicarse fue la suspensión, no la cancelación,
como de manera arbitraria lo hizo la institución policial y, por otra
parte, cuando el proceso penal culmina con una sentencia de descargo, la
reincorporación se impone”, estableció el TC en la sentencia 452-19.
como de manera arbitraria lo hizo la institución policial y, por otra
parte, cuando el proceso penal culmina con una sentencia de descargo, la
reincorporación se impone”, estableció el TC en la sentencia 452-19.
El TC revocó la sentencia 00100-2015, dictada por la Tercera Sala
del Tribunal Superior Administrativo TSE el 7 de septiembre de 2015,
objeto del presente recurso de revisión. El TC ha ordenado la
reincorporación de varios oficiales a la PN en los últimos meses.
del Tribunal Superior Administrativo TSE el 7 de septiembre de 2015,
objeto del presente recurso de revisión. El TC ha ordenado la
reincorporación de varios oficiales a la PN en los últimos meses.