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Elevarán recurso de inconstitucionalidad por ley que prohibe uso de la Hookah
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Miembros de la Asociación de Empresarios de Centros de Diversión (ASECEDI). (Fuente externa) |
Santo Domingo.-
La Asociación de Empresarios de Centros de Diversión (Asecedi)
depositará un recurso de inconstitucionalidad contra la ley No. 16-19
que prohíbe el uso de la hookah, por considerar que la misma discrimina
ese sector.
depositará un recurso de inconstitucionalidad contra la ley No. 16-19
que prohíbe el uso de la hookah, por considerar que la misma discrimina
ese sector.
El presidente de Asecedi, José Bernabé Quiterio, pidió un trato
igualitario respecto a la ley de tabaco, al tiempo que informó que a
raiz de la prohibición unas 90 mil personas se han quedado sin empleo.
igualitario respecto a la ley de tabaco, al tiempo que informó que a
raiz de la prohibición unas 90 mil personas se han quedado sin empleo.
Explicó que la ley antitabaco prohíbe fumar en bares y sitios
públicos; no obstante, ordena a los centros nocturnos a organizar áreas
específicas para realizar dicha práctica, “lo que no ocurre con la nueva
ley, la cual fue promulgada y puesta en vigencia el pasado mes”.
públicos; no obstante, ordena a los centros nocturnos a organizar áreas
específicas para realizar dicha práctica, “lo que no ocurre con la nueva
ley, la cual fue promulgada y puesta en vigencia el pasado mes”.
“Este recurso será depositado ante el Tribunal Constitucional con la
finalidad de que los jueces puedan ajustarla a la Constitución y
solicitar mediante sentencia exhortativa permitir que a los consumidores
se les habilite un área o un espacio para utilizar la hookah”, sostuvo
el abogado John Garrido, quien depositará el documento.
finalidad de que los jueces puedan ajustarla a la Constitución y
solicitar mediante sentencia exhortativa permitir que a los consumidores
se les habilite un área o un espacio para utilizar la hookah”, sostuvo
el abogado John Garrido, quien depositará el documento.
La Ley 16-19 prohíbe el uso de hookah en lugares públicos y privados
en el país, espacios cerrados, bajo techo, de uso colectivos públicos y
privados, y en vehículos destinados a transporte de pasajeros.
en el país, espacios cerrados, bajo techo, de uso colectivos públicos y
privados, y en vehículos destinados a transporte de pasajeros.
El reglamento sancionará con el pago de cinco a diez salarios mínimos
del sector público, a los propietarios de lugares públicos y privados
que permitan o toleren el uso del referido instrumento en sus
establecimientos, entre otras sanciones que afectan además al
consumidor.
del sector público, a los propietarios de lugares públicos y privados
que permitan o toleren el uso del referido instrumento en sus
establecimientos, entre otras sanciones que afectan además al
consumidor.